lunes, 16 de diciembre de 2013

El TSJA da la custodia compartida y exime de la pensión a un padre

Sostiene que los tribunales no habían justificado su negativa al régimen alterno. Decreta que el menor pase una semana con cada progenitor

F. M. H. 26/11/2013
La falta de explicaciones de una sentencia de la Audiencia Provincial ha permitido a un padre zaragozano lograr lo que ni el tribunal de primera instancia ni el de segunda le habían concedido: la custodia compartida de su hijo de cinco años. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), siguiendo su doctrina de dar como opción prioritaria la compartida --salvo que los informes psicológicos u otras circunstancias lo desaconsejen--, ha concedido la custodia alterna a los padres y ha eximido al exmarido del pago de los 400 euros de pensión de alimentos al que le condenaba la sentencia de divorcio.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Zaragoza otorgó la guardia y custodia a la madre, Lourdes G. A., con un régimen de visitas relativamente amplio para el padre, Juan José R. E., pero este recurrió al solicitar la custodia compartida.
La Audiencia Provincial de Zaragoza modificó parcialmente la estancia del menor con el padre en los periodos vacacionales, pero no modificó sustancialmente el régimen de custodia. Por ello el padre, representado por la letrada Montserrat Ayuso, recurrió al TSJA por falta de motivación de la sentencia. Y el Tribunal Superior le dio la razón.
ALTERNATIVAS El recurso se basó básicamente en dos cuestiones. Por un lado, la sentencia de la Audiencia señalaba que "la alternativa que propone el padre del ejercicio compartido de la custodia de su hijo en periodos de días alternos, no resulta la más beneficiosa para el menor". Sin embargo, no hacían mención a la posibilidad, mencionada en el recurso, de que la Audiencia acordara "otro sistema de guardia y custodia compartida que garantice el reparto equitativo del tiempo (...) y sea el más beneficioso para el niño". El TSJA señala que la sentencia "omite toda explicación sobre la referida cuestión, no accesoria sino muy relevante".
Además, la Audiencia señalaba que aparte de la aptitud del padre, dada por buena --como su relación con el hijo--, intervienen "otros factores" que llevan al tribunal "a la convicción de que conviene más la individual". Pero para el TSJA "no da razón alguna de cuáles son, en este caso concreto, tales factores".
Por ello otorga una custodia alterna por semanas, dejando la posibilidad de que los padres acuerden otro régimen. El fallo es irrecurrible.