martes, 30 de julio de 2013

El Supremo insiste en que la custodia compartida no debe ser excepcional

El Tribunal Supremo concede la custodia compartida de los hijos, en un caso de divorcio, a un padre que la solicitaba en contra del criterio materno, porque considera que no constituye "una medida excepcional" sino "normal e incluso deseable". La Sala de lo Civil del Supremo, que ya ha dictado varias sentencias en este sentido, entiende que, siempre desde la premisa de cuál pueda ser la medida más beneficiosa para los menores, la custodia compartida no debe ser considerada excepcional.
"Al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, porque permite que sea efectivo el derecho que los hijos tienen a relacionarse con ambos progenitores, aun en situaciones de crisis", dictamina el tribunal en una sentencia. La sentencia se produce en un caso de divorcio en el que la Audiencia Provincial de Cantabria había fallado a favor de la custodia materna y ahora aconseja la custodia compartida.